Ley REP: las empresas ya no solo deben reciclar, sino demostrar con datos a dónde va cada residuo
A tres años de las primeras metas de reciclaje obligatorio, el desafío para las empresas chilenas es probar qué recuperaron y dónde terminó cada envase.
Tres años después de que comenzaran a regir las primeras exigencias de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), el reciclaje de envases en Chile enfrenta un nuevo nivel de exigencia: ya no basta con separar o entregar los residuos, sino que las empresas deben poder acreditar con documentación qué recuperaron, cuánto y cuál fue el destino final de cada material.
Las metas de recolección y valorización de envases rigen desde septiembre de 2023, y en 2026 los productores deberán alcanzar porcentajes concretos: 51% para metales, 32% para plásticos y 65% para papel y cartón en el caso de envases no domiciliarios. Cumplir esas cifras implica contar con registros verificables, no solo buenas intenciones.
El escenario de fondo revela cuánto terreno queda por recorrer. Según la Radiografía de Residuos Municipales 2024, elaborada por Kyklos y la Asociación Chilena de Municipalidades con datos de 327 comunas, apenas el 1,5% de los residuos generados en Chile fue efectivamente valorizado. La brecha entre ese número y las metas legales es enorme.
El tema no es menor para la ciudadanía. Una encuesta Ipsos–PUCV de 2026 reveló que la gestión de residuos lidera con un 26% los problemas ambientales que los chilenos quieren ver resueltos, y que la Ley REP es reconocida por un 11% de los encuestados como uno de los principales avances ambientales del país en las últimas tres décadas.
Desde Bendito Residuo, empresa especializada en gestión de residuos para organizaciones, advierten que el desafío práctico para las compañías va más allá de cumplir un porcentaje:
- Deben reportar su generación de residuos en el sistema estatal SINADER.
- Solo pueden entregar sus residuos a gestores autorizados y registrados ante la autoridad.
- Quienes opten por valorizar por cuenta propia deben informarlo al Ministerio del Medio Ambiente antes del 30 de junio de cada año.
- Necesitan tener respaldo documental que demuestre qué ocurrió con cada residuo prioritario.
Mientras tanto, el sistema REP sigue expandiéndose. En mayo de 2026 se publicó el decreto que incorpora pilas, aparatos eléctricos y electrónicos al esquema de metas obligatorias, sumándose a neumáticos y aceites lubricantes. Aún están pendientes los decretos para baterías y textiles, dos categorías de alto impacto ambiental.
Para el consumidor común, este proceso se traduce en una transformación gradual pero concreta: más puntos de recolección, mayor presión sobre las marcas para hacerse cargo del ciclo de vida de sus envases y, en el mediano plazo, menos residuos terminando en vertederos. La Ley REP puso el reloj en marcha; ahora el sistema deberá demostrar que los números cuadran.