A tres años de la Ley REP: empresas chilenas deben probar con datos qué hacen con sus residuos
Las metas de reciclaje para envases se endurecen en 2026, pero solo el 1,5% de los residuos municipales se valoriza en Chile.
Tres años han pasado desde que Chile comenzó a exigir resultados concretos en materia de reciclaje, y el balance es agridulce. Desde el 16 de septiembre de 2023, la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) obliga a las empresas a adherirse a sistemas de gestión de residuos y a cumplir metas progresivas de recolección y valorización. En 2026, el cuarto año de exigencias, los porcentajes se vuelven más estrictos: 51% para envases de metal, 32% para plástico y 65% para papel y cartón en el segmento no domiciliario. Sin embargo, la realidad del reciclaje en el país todavía está muy lejos de esos números.
Un estudio reciente elaborado por Kyklos y la Asociación Chilena de Municipalidades, que analizó datos de 327 comunas, reveló que apenas el 1,5% de los residuos municipales fue efectivamente valorizado durante 2024. La brecha entre lo que la ley exige y lo que ocurre en la práctica es enorme, y el impacto se siente en la vida cotidiana: basura que podría convertirse en materia prima sigue terminando en rellenos sanitarios.
Según la empresa de gestión de residuos Bendito Residuo, el verdadero desafío para las organizaciones ya no es solo cumplir las metas, sino poder demostrar con datos qué se recuperó, cuánto y hacia dónde fue destinado cada residuo. En otras palabras, la trazabilidad se convierte en una obligación tan importante como el reciclaje mismo.
El tema no es menor para los chilenos. Según la Encuesta Ipsos–PUCV 2026, la gestión de residuos encabeza con un 26% la lista de problemas ambientales que la ciudadanía quiere ver resueltos. Además, un 11% de los encuestados identifica la Ley REP como uno de los principales hitos ambientales de las últimas tres décadas en el país.
La normativa también sigue expandiéndose. En mayo de 2026 se publicó el decreto que incorpora a pilas, aparatos eléctricos y electrónicos, sumándose a neumáticos y aceites lubricantes. Aún están pendientes los reglamentos para baterías y textiles, dos categorías de alto impacto ambiental.
Para las empresas que generan residuos de productos prioritarios, la ley establece obligaciones concretas:
- Deben adherirse a un sistema de gestión colectivo o valorizar sus residuos por cuenta propia a través de gestores autorizados.
- Tienen plazo hasta el 30 de junio de cada año para informar al Ministerio del Medio Ambiente qué opción eligieron.
- Solo pueden entregar sus residuos a destinatarios registrados y autorizados.
- Están obligados a reportar su generación de residuos en el sistema SINADER.
La Ley REP fue diseñada para trasladar la responsabilidad del reciclaje desde el Estado y los municipios hacia quienes producen y comercializan los bienes. Tres años después, el sistema avanza, pero la distancia entre las metas legales y la realidad del reciclaje en Chile deja en evidencia que tener una ley no es suficiente si no existe la infraestructura, los datos y la fiscalización que la hagan efectiva.